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Plan Eco Vivienda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) en Andalucía

Ámbito geográfico: Andalucía

Organismo: Consejería de fomento, articulación del territorio y vivienda

Modalidad: Concurrencia no competitiva

LÍNEAS Y OBJETO

  • Línea 3. Subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio. Financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética
  • Línea 4. Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas.  Financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares
  • Línea 5.1. Subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación. Financiar los gastos de honorarios profesionales
  • Línea 5.2. Subvenciones para la redacción de proyectos de rehabilitación. Financiar los gastos de honorarios profesionales

PLAZO

Desde el día 17/10/2022 hasta el día 26/12/2024

BENEFICIARIOS

Líneas 3, 5.1 y 5.2:

  • Personas propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial colectiva, así como sus viviendas
  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios
  • Personas propietarias que, de forma agrupada, sean propietarias de edificios que reúnan los requisitos establecidos
  • Sociedad cooperativas compuestas de forma agrupada por personas propietarias de viviendas o edificios

Línea 4:

  • Personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, bien sean personas físicas o tengan personalidad jurídica de naturaleza privada

CUANTÍA

Línea 3:

a) Ahorro energético igual o mayor del 30% y menor del 45%: 40%

b) Ahorro energético igual o mayor del 45% y menor del 60%: 65%

c) Ahorro energético igual o mayor del 60%: 80%

Línea 4:

  • 40% del coste de la actuación. El coste mínimo de la actuación debe ser igual o superior a 1.000 € por vivienda
  • Cuantía máxima: 3.000 €

Línea 5.1 y línea 5.2:

100% del coste subvencionable

REQUISITOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES

Disponible a consulta para cada línea de actuación

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