Ámbito geográfico: Málaga
Organismo: Ayuntamiento de Málaga
Administración: Instituto Municipal para la Formación y el Empleo (IMFE)
Modalidad: Concurrencia competitiva
OBJETO
Estimular y apoyar la generación de empleo estable en el término municipal de Málaga
BENEFICIARIOS
- Empresas y empresarios autónomos de nueva creación, (aquellas que hayan
iniciado su actividad dentro de los doce meses previos a la fecha de
presentación de la solicitud de esta ayuda) - Empresas y empresarios autónomos en activo, siempre que no sobrepasen el
plazo máximo de cinco años desde el inicio de su actividad
PLAZO
Desde el 20/4/2023 hasta el 30/11/2023 o hasta agotar presupuesto
GASTOS SUBVENCIONABLES
Contratación
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
AYUDAS PEFA
-1.200€ por puesto de trabajo creado, siempre que éste sea de duración indefinida y
a jornada completa (Máximo de 9.000€ por solicitud). Se incrementará en 300€, si la
contratación se realiza a:
Jóvenes menores de 30 años, discapacitados con minusvalía igual o superior al 33%, desempleado de larga duración, mayores de 45 años, mujeres en las profesiones y ocupaciones con menor índice de empleo femenino, así como cualquier colectivo en situación o riesgo de exclusión social.
– 600€ por puesto de trabajo creado, siempre que éste sea de duración
indefinida y a jornada parcial (como mínimo del 50% de la jornada ordinaria).
Se incrementará en 150€, en los casos citados anteriormente.
*No serán subvencionables puestos de trabajo ocupados por personas:
- Que hayan finalizado de forma voluntaria una relación laboral
indefinida o hubiesen estado de alta como autónomos en un plazo de
3 meses previo a su incorporación en la empresa o su alta como nuevo
empresario (no aplicable a los socios de empresas de economía
social) - Que hayan sido objeto de subvención PEFA en convocatorias
anteriores
AYUDAS A “EMPRESAS DE INSERCIÓN”
Las empresas de inserción que contraten a trabajadores en riesgo de exclusión social por un periodo mínimo de un año, podrán solicitar las ayudas PEFA sin que sea exigible el requisito de duración indefinida de los puestos de trabajo. Además, cada puesto de trabajo recibirá una ayuda complementaria de 1.000€
Límite: cinco ayudas por solicitante, una por cada puesto de trabajo. Estas
ayudas no serán computadas a efectos de la limitación de 9.000€
REQUISITOS GENERALES
- Que la actividad empresarial se desarrolle en el término municipal de Málaga.
- Que el puesto de trabajo creado en la empresa sea de carácter indefinido
considerándose como tales los siguientes:
o Los correspondientes a los empresarios afiliados al Régimen Especial de
Seguridad Social para Trabajadores Autónomos
o Los referidos a los socios trabajadores de las empresas
o Los relativos a los trabajadores contratados por cuenta ajena
▪ No serán subvencionables los puestos de trabajo credos en un
plazo superior a doce meses anteriores a la fecha de solicitud
▪ Los puestos de trabajo deben mantenerse al menos durante
un año de forma ininterrumpida a contar desde la
formalización del contrato y/o alta en la seguridad social. En caso
de producirse la baja del trabajador, éste deberá ser sustituido
por otro trabajador en iguales condiciones hasta completar el
periodo de un año. Entre la baja del primero y el alta del segundo
no podrán transcurrir más de tres meses.
o Que la creación de puestos de trabajo exigida en el apartado anterior se
realice con personas que tenga la condición de desempleados y estar
inscritas como demandantes de empleo hasta la fecha de incorporación
en la empresa
o Que se acredite, a través del plan de empresa que habrán de presentar,
la viabilidad técnica, económica y financiera de la empresa, debiendo
contar con una financiación propia de al menos el 10% del presupuesto
de la inversión
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
- Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad que fundamente la
concesión de la subvención - Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización
de la actividad - Sometimiento a las actuaciones de comprobación y control que se estimen
precisas. - Comunicar al IMFE la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o
recursos que financien la actividad incentivada - Conservar todos los documentos justificativos de la aplicación de los fondos
recibidos - Comunicar al IMFE cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta
para la concesión de la subvención - Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos indicados en
las bases