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Programa Primera Oportunidad

Ámbito geográfico: Málaga
Organismo: Diputación provincial de Málaga
Administración: Servicio de empleo
Modalidad: Concurrencia no competitiva

OBJETO

Aumentar la empleabilidad y contribuir al fomento del desarrollo económico y social de
la provincia de Málaga mediante la realización de prácticas profesionales adecuadas y
acordes con el nivel de estudios cursados por los jóvenes.

PLAZO

Pendiente de convocatoria

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, formalizados desde la
fecha de presentación de la solicitud, a jóvenes menores de 30 o 35 años (discapacidad)
por un periodo de 6 a 12 meses mediante la modalidad de contratos formativos para la
obtención de la práctica profesional a jóvenes.

BENEFICIARIOS

Empresas / Autónomos / Profesionales

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

Desarrollar su actividad en centro de trabajo sito en Málaga y/o provincia

  • No haber sido condenada por sentencia judicial firme
  • Estar dada de alta, en el momento de la solicitud, en seguridad social como
    empleador/a
  • Que la persona contratada no sustituya a trabajadores que hubiesen estado
    contratados en los tres meses anteriores en la empresa bajo la misma
    modalidad contractual y para ocupar el mismo puesto de trabajo
  • No haber sido beneficiario/a de la subvención del programa de primera
    oportunidad en la convocatoria anual anterior

REQUISITOS DE LOS CONTRATADOS

  • Estar en posesión de un título universitario, formación profesional de grado
    medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de
    formación profesional, etc; con titulación obtenida en la Universidad de Málaga
    (UMA) o en la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
  • Jóvenes menores de 30 años o 35 años en personas con grado de
    discapacidad reconocido igual o superior a 33%
  • No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o
    realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la empresa por
    un tiempo superior a tres meses
  • Haber sido preseleccionados/as por la UMA o la UNED para los titulados
    universitarios
  • No tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el
    segundo grado inclusive del empresario, autónomo, profesional o de quienes
    ostenten cargos de dirección

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

  • Actividad económica en municipio menor de 20.000 habitantes: 85% del salario
    bruto y seguridad social (cuota patronal)
  • Actividad económica en municipio mayor de 20.000 habitantes: 70% del salario
    bruto y seguridad social (cuota patronal)

OBLIGACIONES

  • Realizar la actividad de la subvención en la forma y plazo establecidos
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad

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