Con el objetivo de mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las pequeñas empresas,
de las microempresas y de las personas en situación de autoempleo, mediante la adopción de
soluciones de digitalización en determinadas categorías.
SEGMENTOS
Segmentos de beneficiarios según el número de empleados y la categoría de empresa:
a) Segmento I: Empresas y autónomos de 10 a 49 empleados
b) Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas, autónomos de 3 a 9 empleados
c) Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas, autónomos de 0 a 2 empleados
REQUISITOS
a) Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa
b) Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe
reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener
la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias
c) No tener consideración de empresa en crisis
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
e) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión
Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común
f) No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones
g) No superar el límite de ayudas minimis (art. 2.4 de la Orden)
h) También es requisito para obtener la condición de beneficiario disponer de la evaluación del
Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma
Acelera Pyme
CUANTÍA SUBVENCIÓN
Los beneficiarios recibirán un bono digital por importe en función de su tamaño, midiendo éste según
su número de empleados. Los segmentos de empresas serán los siguientes:
GASTOS SUBVENCIONABLES
Las ayudas a la adopción de soluciones de digitalización podrán destinarse a sustituir a las
soluciones ya adoptadas por el beneficiario siempre que supongan una mejora funcional o a una
solución completamente nueva.
OBLIGACIONES DE ENTIDADES BENEFICIARIAS, entre otras:
- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos, para el mismo gasto subvencionable - Registrar en su contabilidad, en un código contable diferenciado, el detalle de todas las
transacciones relacionadas con la actividad subvencionada - Formalizar los correspondientes Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los
Agentes Digitalizadores Adheridos - El plazo máximo para el consumo del bono digital será de 6 meses a contar desde la notificación
de la resolución de concesión de la ayuda. - Deberá atender a los requerimientos para evaluar el Nivel de Madurez Digital en cualquier
momento una vez instaladas las soluciones.
SEGMENTO II :
BENEFICIARIOS
Pequeñas empresas, microempresas y autónomos, que tengan de 3 a 9 empleados
No podrán ser beneficiarias:
- Autónomos societarios ni autónomos colaboradores
- Uniones temporales de empresas (UTES), ni personas físicas o jurídicas que sean Agentes
Digitalizadores Adheridos - Personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de personas beneficiarias en alguna
convocatoria del Programa Kit Digital - Empresas de naturaleza pública y entidades de derecho público
- Colegios profesionales, sociedades civiles, comunidades de bienes o comunidades de propietarios
PLAZO
Desde el 02/09/2022 al 31/12/2024
CUANTÍA
6.000 €