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Medidas de apoyo urgentes a las agencias de viajes

Ámbito geográfico: Andalucía
Organismo: Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local
Modalidad: Concurrencia no competitiva

OBJETO

Contribuir a mantener a las agencias de viajes por el impacto económico que ha
generado la pandemia provocada por el COVID-19 y las medidas adoptadas para
contenerla.

BENEFICIARIOS

  • Pymes que desarrollen la actividad de agencias de viajes con centro
    productivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las que desarrollen
    dicha actividad en la modalidad online, a través de los servicios de la
    sociedad de la información
  • Pymes que revistan la forma de agrupación de personas físicas o jurídicas
    privadas
  • Comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o
    patrimonio separado

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

PLAZO

Pendiente de convocatoria

REQUISITOS

Desarrollar su actividad de agencia de viajes con anterioridad a la
fecha de 14 de marzo de 2020, cuando se declaró el estado de alarma
para gestionar la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19,
manteniéndola vigente con carácter previo a la concesión de la
subvención

  • Acreditar la caída de ventas o ingresos de al menos, un veinte por
    ciento, en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019, provocada por el
    impacto económico negativo ocasionado por la crisis sanitaria
  • Tener centro productivo en Andalucía, y en el caso de agencias de viajes
    que presten dicha actividad en modalidad online, tener su domicilio fiscal en
    Andalucía
  • Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
  • Estar inscrito en el Registro de Turismo de Andalucía con código de
    inscripción de Andalucía
  • No ser una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019
  • Las personas que soliciten estas subvenciones solo podrán hacerlo una vez

GASTOS SUBVENCIONABLES

Financiar el capital circulante o de explotación de las Pymes que ejercen la actividad
de agencias de viajes. Gastos englobados en alguna de las siguientes categorías de
gastos de capital circulante o de explotación:

  • Materias primas y otros inputs para manufacturas
  • Existencias
  • Alquileres
  • Suministros (agua, electricidad, telefonía y gas)
  • Gastos de personal, incluyendo tanto gastos salariales como de Seguridad
    Social
  • Seguros de daños y Responsabilidad Civil
  • Limpieza
  • Mantenimiento y reparación de vehículos afectos a la actividad
  • Seguridad
  • Asesoría fiscal, laboral y contable
  • Medidas protectoras y equipamiento necesario como respuesta efectiva a la crisis de salud pública provocada por el COVID, tales como equipos de protección, mamparas y pruebas COVID

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

  • Mantener ininterrumpidamente su inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, en el caso de agencias de viajes online, además, su domicilio fiscal en Andalucía, durante al menos 6 meses a contar desde el día siguiente aquel en el que finalice el plazo de presentación de solicitudes
  • Mantener ininterrumpidamente su situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), y en su caso, el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, durante al menos 6 meses a contar desde el día siguiente aquel en el que finalice el plazo de presentación de solicitudes

OTRA INFORMACIÓN IMPORTANTE

  • Los gastos subvencionables habrán de haberse realizado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021
  • Las personas o entidades solicitantes, con carácter previo a la presentación
    de la solicitud, deberán dar de alta en el Sistema de Gestión Integral de
    Recursos Organizativos, de la Administración de la Junta de Andalucía
    (Sistema GIRO), la cuenta corriente indicada para el cobro de la
    subvención.
    https://www.juntadeandalucia.es/cultura/aaiicc/alta-y-mantenimiento-decuentas-bancarias-en-gir

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