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Ayudas para el despliegue de plataformas tecnológicas y soluciones digitales en los destinos de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes

Ámbito geográfico: Estatal
Organismo: Ministerio de Industria y Turismo
Modalidad: Concurrencia competitiva
Régimen de minimis

OBJETO

La finalidad de estas ayudas es financiar el desarrollo e implantación, por parte de
entidades locales pertenecientes a la Red DTI, de plataformas de inteligentes de
destino y/o módulos de referencia opcionales dentro de las mismas, y la interconexión
e integración de las diferentes plataformas y soluciones con la plataforma estatal que
conformará en nodo central de la Plataforma Inteligente de Destino (PID).

BENEFICIARIOS

a) Los municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos, las provincias a
través de las diputaciones provinciales y forales, e islas a través de los cabildos y
consejos insulares, con independencia de su tamaño y población.
b) Las Comarcas o mancomunidades u otras entidades locales de base agrupacional
*Para poder acceder a las ayudas los beneificarios deberán formar parte o haber
solicitado su adhesión a la Red DTI en el momento de la solicitud de la ayuda

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

a) Que contribuyan a la consecución de los objetivos generales y específicos
establecidos en estas bases y en la Componente 14 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.

b) Que cumplan todos los requisitos técnicos y económicos establecidos en estas
bases y en la convocatoria.
c) Que se inicien después de la publicación del extracto y finalicen en el plazo previsto
y con las condiciones determinadas en la convocatoria.
d) Que incluyan actuaciones completas con utilidad propia, concretas y que cuenten
con una planificación de ejecución que garantice su finalización en el plazo previsto en
la convocatoria.
e) Respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente
(DNSH). Consultar requisitos específicos

PLAZO DE SOLICITUDES

Pendiente de convocatoria

GASTOS SUBVENCIONABLES

a) Gastos de asistencias externas, como consultoría y análisis, asistencias técnicas,
incluidos estudios y planes elaborados para la ejecución del proyecto.
b) Tecnología. Se financiarán las actuaciones relacionadas con la implantación de
tecnología tales como:

i. Dotación de infraestructura tecnológica, incluyendo los costes de adquisición
de material inventariable, con excepción de los de amortización del
inmovilizado material adquirido con fondos públicos.
ii. Costes de adquisición de software o licencias, siempre que se dediquen en
exclusiva al proyecto y durante el periodo de ejecución del mismo.
iii. Implantación de soluciones software, y los costes de adquisición de aparatos
y equipos nuevos y su instalación, etc.

c) Formación y capacitación del personal público y de la entidad beneficiaria.

d) Gastos de comunicación y difusión: es obligatoria la realización de la difusión y
publicidad de las actividades realizadas en el proyecto, resultados obtenidos y
comercialización, en su caso, de los servicios y productos generados. Se dedicará un
presupuesto de, al menos, el 5 % de los costes directos totales autorizados para esta
partida de gasto
e) Otros gastos: alquiler de servidores informáticos, suministros y productos similares,
y cualquier otro que se derive directamente de la actuación y sea necesario para su
ejecución, adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
f) Obras: solo serán subvencionables aquellas actuaciones que tengan por objeto la
conexión a pie de punto del equipamiento a instalar con los suministros (eléctrico,
telecomunicaciones, etc.), así como actuaciones de instalación sensórica

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

La intensidad máxima de la ayuda será hasta el 100 % del presupuesto total del
proyecto con el importe máximo establecido de 6.000.000 euros.

OTRA INFORMACIÓN DESTACADA

  • Debido a su efecto incentivador, la fecha de inicio de la actuación no podrá ser
    anterior a la fecha de solicitud de la ayuda
  • El plazo de ejecución máximo será hasta el 30 de junio de 2025
  • La entidad beneficiaria recibirá el abono anticipado del 100% de la ayuda
    concedida con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto
  • Los proyectos, para ser considerados financiables deberán desarrollar o
    implantar una plataforma de destino que esté formada por una serie de
    funcionalidades estructuradas en módulos comunes y módulos de referencia
    opcionales. (a consulta) Además, se tendrá en cuenta el cumplimiento con
    estándares del entorno de las normas UNE 178, y en particular, la UNE 178503
    de Semántica aplicada a los destinos inteligentes y deberán ejecutarse antes
    del 30 de junio de 2025.
  • Para la gestión de las subvenciones se designa a la Sociedad Estatal para la
    Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, S. A. (en adelante,
    SEGITTUR)

OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS

a) Interoperabilidad normativa. Cumplimiento de la normativa y procesos definidos por
SEGITTUR en el ámbito de la ejecución del proyecto de Plataforma Inteligente de
Destino (PID)
b) Interoperabilidad organizativa. Observación del modelo de relación definido por
SEGITTUR en el ámbito de la ejecución del proyecto de Plataforma Inteligente de
Destino (PID)
c) Interoperabilidad técnica. Capacidad de interoperar con el nodo central de la
Plataforma Inteligente de Destino (PID) a través de los artefactos de interoperabilidad
necesarios, compatibles con la definición de interfaces propuestas por SEGITTUR
d) Interoperabilidad semántica. Adopción de la red de ontologías que SEGITTUR en el
ámbito de la ejecución del proyecto de Plataforma Inteligente de Destino (PID) pone a
disposición de los beneficiarios
e) Compartición con el nodo central de la Plataforma Inteligente de Destino (PID) de
los datos generados por los módulos, servicios y aplicaciones implementados con
relación a la Plataforma Inteligente de Destino (PID).
f) Las entidades beneficiarias deberán cumplir, además, con las obligaciones europeas
y nacionales relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
de la Unión Europea.
g) etc.

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